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Corresponsabilidad . Licencia para cuidados
Cuidados | Actualización de cláusulas
Ronda
6ª ronda

LICENCIAS POR FAMILIARES INTERNADOS Sin perjuicio de la licencia por familiares con discapacidad, se acuerda una licencia especial para familiares con enfermedades terminales, en los siguientes términos: Los trabajadores con hijos menores de 12 años de edad y con madre y/o padre mayores de 70 años de edad, que se encuentren con internación hospitalaria, o en caso que derive a internación domiciliaria, tendrán una licencia especial con goce de sueldo, de hasta 3 (tres) días en el año calendario, en ambos casos una vez reintegrado, el trabajador deberá acreditar la constancia médica expedida por la Institución de salud correspondiente. Dicha licencia no es acumulable año a año y deberá solicitarse con al menos 72 horas de anticipación, en casos de extrema urgencia podrá notificar a sus empleadores en un plazo de 24 horas.