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Ropa de trabajo
Categoría
Ronda
7ª ronda

Prima por vestimenta - Se incrementa a $ 3.757.- a partir de Octubre de 2018 la partida prevista en el convenio de 2011 para vestimenta, a abonar a aquellos trabajadores que no sean provistos de uniformes por sus empresas y que tengan una antigüedad mínima de un año. La partida antedicha será abonada en los meses de marzo y octubre de cada año. Las prendas serán de libre elección, debiendo el trabajador presentar boleta oficial de adquisición a nombre de la empresa la cual abonará hasta el monto antes acordado. No tendrán derecho a este beneficio los trabajadores que cumplan un régimen de jornada semanal inferior a las 22 horas. El monto de esta prima se ajustará anualmente en los meses de julio tomando en consideración la variación del IPC en los doce meses anteriores.