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Ropa de trabajo
Categoría
Ronda
10ª ronda

El empleador entregará dos veces al año a cada trabajador la ropa adecuada correspondiente a su categoría, teniéndose en cuenta el estado de gravidez. Los uniformes correspondientes a la temporada de primavera-verano se entregarán en el mes de octubre de cada ano y los uniformes correspondientes a la temporada de otoño-invierno se entregarán en el mes de abril de cada año (este uniforme deberá contar con un buzo de abrigo)

A quienes realicen trabajos a la intemperie se le entregará camperón para frío, ropa para lluvia y botas de goma.

A quienes realicen tareas en los locales comerciales en zonas de frío y/o acceso a cámaras de frío, se le entregará camperón para frío y botas de forma anual.

Los uniformes aquí descriptos son sin cargo para los trabajadores.

Se ratifica la importancia de la utilización de la ropa de trabajo e implementos de seguridad por parte de los trabajadores cuando los mismos les sean entregados por las empresas, como aspecto de la diligencia propia del trabajador. Ratifican igualmente la importancia de dar el debido cuidado e higiene a dichos bienes, cuya propiedad es de la empresa.