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Partidas extraordinarias fin de año (ej. ventas; fin de zafra)

Premio fin de año “Los trabajadores del sector cuyo ingreso a la empresa sea anterior al 1º de junio de cada año, percibirán antes del 20 de diciembre de cada año un premio de fin de año que en el mes de diciembre de 2023 será de $3.100 nominales pagaderos en efectivo o en especie. La canasta únicamente se generará en caso de estar de alta (incluyen a los trabajadores que se encuentren en el seguro de paro por baja actividad, seguro de enfermedad y por accidente de trabajo; a quienes se le abonará una vez culminen las referidas coberturas) en la empresa al tiempo del efectivo pago, esto es 20 de diciembre de cada año. La referida partida será ajustada por el Índice de Precios al Consumo de los doce meses inmediatos anteriores a su entrega (diciembre-noviembre, no para el año 2023). Tendrán derecho a recibir el premio aquellos trabajadores que en los doce meses anteriores a su entrega no hubieren tenido sanciones disciplinarias superiores a 7 días. Se aplicará el criterio de condición más beneficiosa, en tanto, aquellas empresas que tuvieren un beneficio más favorable para el trabajador lo continuarán aplicando. No siendo acumulables los mismos. El presente beneficio es aplicable a todos los trabajadores del sector con independencia de su nivel de remuneración, quedando excluido el personal jerárquico.