Ronda vigente
1ª ronda
a) Por el desempeño de una tarea superior a su cargo durante 150 alternos o 90 continuos, el trabajador pasará a revisar de pleno derecho en el cargo correspondiente a dicha tarea. b) En el caso que se realice más de una tarea con distinto salario, se negociarán las remuneraciones que correspondan en dicha situación a nivel
de empresa y sindicato.
A efectos de considerar si el trabajador alcanzó los 150 jornales alternados para acceder a la
categoría superior se tomará un año móvil a partir de cada nuevo día que realice la tarea de
mayor jerarquía.