Sector
Beneficio de lactancia
Cuidados | Actualización de cláusulas
Ronda de incorporación
Categoría
- BENEFICIOS RELATIVOS A LA MATERNIDAD
- Beneficio de lactancia
Ronda vigente
5ª ronda
LACTANCIA: Las instituciones promoverán la lactancia materna, disponiendo de locales adecuados a tales fines. Cuando ello no sea posible, las trabajadoras cuya jornada diaria sea de ocho horas de trabajo, dispondrán de una hora adicional remunerada a los efectos de la lactancia de sus hijos acordando en cada caso la mejor forma de hacer efectivo este derecho. En jornadas de menor extensión, el horario referente al beneficio se reducirá en forma proporcional. El beneficio referido se extenderá hasta los seis meses de vida del recién nacido como máximo, siempre que la trabajadora compruebe el hecho de la lactancia con certificado médico otorgado por el médico del SNIS. (Articulo 6 del convenio realizado el día 7 de diciembre de 2012).
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