- LICENCIAS ESPECIALES
- Corresponsabilidad . Licencia para cuidados
Internación de familiares Décima Ronda de Consejo de Salarios.
“Las partes acuerdan que el beneficio de 3 días de licencia paga en caso de internación de familiares continuará regulándose por la cláusula décimo novena del acta de Consejo de Salarios de fecha 19 de diciembre de 2016, ampliándose el beneficio, que comprenderá a los hermanos de trabajadores del sector”
Sexta Ronda de Consejo de Salarios, año 2016
Los trabajadores del sector dispondrán de hasta tres días de licencia paga por año para atender situaciones de internación y durante la internación de hijos, padres, conyugues, todo lo que deberá ser debidamente acreditado mediante la presentación de la documentación pertinente. El goce de esta licencia es facultativo del trabajador y no podrá sustituirse por salario o compensación de ninguna especie. en caso de existir más de un familiar de la persona internada trabajando en la empresa será una de ellas quien pueda usufructuar el beneficio referido.