- LICENCIAS ESPECIALES
- Licencia por estudio
Días adicionales por estudio
“Las organizaciones profesionales acuerdan modificar la cláusula vigésima del acta de Consejo de Salarios de fecha 19 de diciembre de 2016, quedando la misma redactada de la siguiente forma: “Los trabajadores que tengan asistencia perfecta en los semestres comprendidos entre el mes de noviembre de un año y el mes de abril del siguiente tendrán derecho al otorgamiento de un día adicional (al establecido por las leyes vigentes) por estudio, aquellos que tengan una asistencia perfecta en los semestres comprendidos entre los meses de mayo a octubre, generarán también el derecho a un día adicional; aquellos trabajadores que en los dos semestres consecutivos hubieran generador el derecho al día adicional, obtendrán el derecho a un tercer día. No se perderá el beneficio en las siguientes circunstancias: goce de licencia reglamentaria, sindical, por estudio y en aquellos casos de paros dispuestos con carácter general por el PIT-CNT.”