- LICENCIAS ESPECIALES
- Corresponsabilidad . Licencia para cuidados
Licencia por cuidados. Se acuerda otorgar a cada trabajador dos (2) días pagos por año, equivalente a dieciséis (16) horas anuales, para el cuidado de hijos menores de 18 años que se encuentren en internación hospitalaria o domiciliaria. La licencia podrá utilizarse en dias completos o en horas, hasta agotar el total anual de dieciséis (16) horas, no pudiendo solicitarse periodos inferiores a cuatro (4) horas por vez. Al momento de su reintegro, el trabajador debrra presentar la constancia que acredite la internacion. De no cumplir alguna de estas condiciones el trabajador/a no tendra derecho al cobro del jornal o jornales correspondientes. El uso de este derecho no generara descuento en la prima por presentismo que pudieran existir ni afectacion salarial alguna.