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Prima por antigüedad
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Prima por antigüedad
Ronda vigente
2ª ronda

Prima por antigüedad: Se crea una prima por antigüedad pagadera a los trabajadores de acuerdo al siguiente esquema: a) A partir de 5 años de antigüedad: prima por un monto equivalente al 3% del salario básico por categoría. b) A partir de 10 años de antigüedad: la prima alcanza un monto equivalente al 8% del salario básico por categoría. c) A partir de los 15 años de antigüedad: la prima alcanza un monto equivalente al 13% del salario básico por categoría. d) A partir de los 20 años de antigüedad: la prima alcanza un monto equivalente al 18% del salario básico por categoría. La aceptación de este principio no tendrá, sin embargo, efecto retroactivo. En lo inmediato solamente se procederá, a una reformulación de los recibos de sueldo para hacer figurar la parte imputable a la antigüedad, actualmente integrada a estos salarios. A partir del 1 de julio de 2006 todo empleado que alcance alguna de las etapas anteriormente enunciadas se beneficiará con el aumento previsto. Como única excepción a esta regla, y a título de medida transitoria, los empleados que al día de la firma del acuerdo tengan más de 20 años de antigüedad, se beneficiarán con la prima prevista para su categoría, en forma inmediata y total.