- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Partidas variables - incluídos los pagos por productividad
Prima por productividad mínima.
Para los trabajadores de las secciones Producción y Cámaras de frío: 50,5% del salario mínimo de su categoría desde el 1º de enero de 2019.
El personal de secciones Administración, computación y servicios técnicos: 25% del salario mínimo de su categoría y durante la vigencia del presente acuerdo.
Personal de Mantenimiento, percibirá una prima por productividad mínima equivalente al 40,5% del salario mínimo de su categoría.
No tendrán derecho a esta prima, aquellos trabajadores que perciban una suma por productividad de cualquier especie, o por tasa horaria básica, o una combinación de ambos, por encima de lo aquí pactado.
Aquellos trabajadores que no perciban productividad o una cifra inferior a la presente, así como aquellos que perciban tasas horarias inferiores al monto que resulta de aplicar la prima sobre los mínimos por categorías, percibirán la diferencia entre lo que cobran y el monto antes referido.
Tampoco será cobrada por aquellos operarios, que perciban un valor o tasa horaria básica, que sumada a la productividad otorgada, esté por encima de los mínimos establecidos, según sea la sección que corresponda.