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Prima por antigüedad
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Prima por antigüedad
Ronda vigente
1ª ronda

Se mantiene el pago del 1,5 % establecido por decreto 752/988 y su modificativo, calculado sobre la base de prestaciones y contribuciones establecida en la ley 17.856, tomando en cuenta cada año completo de antigüedad del funcionario en la empresa. La misma se pagará a partir del primer año de trabajo y hasta los treinta años de trabajo.