Licencia paternal
Licencia por paternidad, adopción y legitimación adoptiva.
SE INCORPORAN EN ESTA CATEGORÍA (CLASIFICADOS ADEMÁS EN SUBCATEGORÍAS) TODOS LAS CLÁUSULAS QUE IMPLICAN LA REGULACIÓN DE LICENCIAS ESPECIALES POR ENCIMA DE LAS EXISTENTES POR LEY.
NO INGRESAN EN ESTA CATEGORÍA LAS EXHORTACIONES AL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LEGAL GENERAL
Licencia por paternidad, adopción y legitimación adoptiva.
En ocasión del nacimiento de sus hijos los empleados de los FCSS tendrán derecho a la LICENCIA POR NACIMIENTO DE HIJO, la cual se
LICENCIA POR CASAMIENTO:
Los empleados de los FCSS tendrán derecho al goce de LICENCIA POR CASAMIENTO, la misma será de 3 (tres) días corridos, incluído e
LICENCIAS POR ESTUDIO:
Violencia de género.
Licencia por Estudios:
Licencia especial por consultas médicas:
Licencia sin goce de sueldo:
Licencia por mudanza.
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