Licencia por duelo
Fallecimiento de familiar directo: En caso de fallecimiento de cónyuges, padres, hijos o hermanos, los trabajadores dispondrán de
Refiere a las licencias por fallecimiento de un familiar
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Licencia Por duelo:
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Fallecimiento de madre, padre, cónyuge, hijos o hermanos, los trabajadores dispondrán de 2 días calendarios y consecutivos, incluyendo el día del d
Por fallecimiento: de madre, padre, cónyuge, hijos/as y hermanos/as, se concederán 2 días calendario consecutivos incluido el día del deceso.
Por fallecimiento: de madre, padre, cónyuge, hijos/as y hermanos/as, se concederán 2 días calendario consecutivos incluido el día del deceso.
Fallecimiento de familiar directo: en caso de fallecimiento de cónyuges, padres, hijos o hermanos, los trabajadores dispondrán de
LICENCIA POR DUELO:
En caso de fallecimiento de un familiar directo (cónyuge, padres, hijos, hermanos), los empleados de los FCSS tendrán derecho a u
Licencia por duelo.
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