Licencia por violencia basada en género
En aquellos casos en que el trabajador/a sea víctima de violencia doméstica (violencia física) comprobada a través de la denuncia policial o penal
Refiere a las licencias por violencia basada en género más allá de lo establecido por la ley.
No se incluyen las cláusulas que solamente remiten a la ley de violencia de género.
En aquellos casos en que el trabajador/a sea víctima de violencia doméstica (violencia física) comprobada a través de la denuncia policial o penal
Licencias especiales para victimas de violencia domestica.
Comparecencia de denunciantes Se acuerda ampliar lo previsto por el artículo 160.5 del CGP otorgando también a la parte actora de todo juicio sobre
Licencia especial para víctimas de violencia doméstica. En aquellos casos en que el trabajador/a, sea víctima de violencia domésti
Se adicionan dos día al beneficio de licencia extraordinaria con goce de sueldo para víctimas de violencia doméstica, a que hace referencia la Ley
Se conviene que ante la ocurrencia de acciones de violencia doméstica (la trabajadora o trabajador), tendrá derecho a dos días libres pagos, adicio
En aquellos casos en que el trabajador/a, sea victima de violencia en genero (ley 19580) debidamente acreditada a través de la denunció policial o
Todo empleado y empleada víctima de violencia de género tendrán derecho a 6 días de licencia remunerada adicionales a los previstos en la LEY 19580
LICENCIA ESPECIAL PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA: Las partes se comprometen a difundir y a hacer respetar en el ámbito laboral lo dispuesto por las ley
LICENCIA ESPECIAL PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA: Las partes se comprometen a difundir y a hacer respetar en el ámbito laboral lo dispuesto por las ley
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