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Licencia por estudio
Ronda de incorporación
Categoría
  • LICENCIAS ESPECIALES
  • Licencia por estudio
Ronda vigente
2ª ronda

Estudio: por estudio se concederán 6 días de licencia al año no acumulables, correspondiendo 2 días por cada examen, para los cursos correspondientes a los estudios secundarios y terciarios oficiales, incluyendo U.T.U.. A fin de poder hacer uso del presente beneficio en el correr del año civil siguiente, se deberá acreditar fehacientemente haber aprobado al menos dos exámenes en el año civil anterior.
Las licencias especiales referidas precedentemente corresponden únicamente al personal permanente, quedando excluido el personal zafral.