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Licencia por estudio
Ronda
7ª ronda

Estudio: cuando la empresa genere acuerdos con el INEFOP, los trabajadores que realicen cursos de capacitación profesional, también tendrán  derecho a licencias por estudio en los mismos términos que indica la ley No. 18.458. A tales efectos, el trabajador deberá comunicar a la empresa la fecha del usufructo al menos 7 días hábiles antes del mismo, en caso de no hacerlo, le podrán descontar los días como si se tratara de inasistencias sin previo aviso;