Licencia por duelo
Ronda de incorporación
Categoría
- LICENCIAS ESPECIALES
- Licencia por duelo
Ronda vigente
6ª ronda
Licencias especiales por Fallecimiento. Cuando fallezcan madre, padre, hijos o cónyuge del trabajador tendrá tres días de licencia especial por duelo y dos en caso de fallecimiento de hermanos, pagos por la empresa, entendiéndose que estos días serán el del fallecimiento y los inmediatos siguientes. Beneficio incluido en la 2ª ronda de Consejos de Salarios de junio de 2006.
Las partes acuerdan extender lo previsto en el artículo 7 de la ley 18.345, al fallecimiento de nietos/as con las mismas condiciones de acreditación y sanción en caso de no cumplirlas. Beneficio incluido en la 6ª ronda de Consejos de Salarios de junio de 2016