- ROPA Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO
- Ropa de trabajo
ROPA DE TRABAJO: Las partes acuerdan que las empresas entregarán a cada trabajador una túnica y una campera polar por año disponiéndose lo siguiente:
1. La provisión de ropa no reviste naturaleza salarial.
2. Antigüedad: Para acceder al beneficio el trabajador deberá tener una relación laboral permanente. No será aplicable necesariamente en períodos de prueba.
3. Gestión: Las empresas podrán disponer que en dicho uniforme se use un distintivo de la misma.
4. Egreso: En caso de egreso, el uniforme correspondiente en uso será devuelto por el trabajador a la empresa.
5. Uso: El uniforme de trabajo deberá ser usado solo y en forma obligatoria en el establecimiento durante la jornada de labor.
(Articulo 9 del convenio realizado el día 30 de abril de 2019).