- ROPA Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO
- Ropa de trabajo
Uniformes. Se amplía lo establecido el artículo 11 del convenio de 13 de Diciembre de 2013, tomado como decisión de Consejo de Salarios según Acta de fecha 13/12/2013, referente al Uniforme. Las empresas deberán proveer a los trabajadores que desempeñan tareas en planta (a la intemperie), un equipo de lluvia impermeable. A su vez dicho personal operativo, recibirá 2 pantalones antes del 30 de Abril de cada año,y uno adicional antes del 30 de Octubre de cada año. El criterio de entrega de pantalones tendrá validez hasta la finalización del presente acuerdo, oportunidad en la que será sometido a revisión. El uniforme es de uso obligatorio, en caso de incumplimiento las empresas podrán aplicar el régimen sancionatorio.
Tercera Ronda Uniforme. Las empresas proveerán sin cargo al personal administrativo el saco, túnica, delantal o uniforme que la misma entienda conveniente para su funcionamiento. Para el personal obrero, las empresas proporcionarán sin cargo, dos equipos de ropa anuales. Los equipos podrán ser entregados cada seis meses o simultáneamente. Dichos equipos constarán de: pantalón y saco o camisa de trabajo. También se otorgará al personal que realice tareas que impliquen el manejo con materiales que resulten riesgosos dos pares de calzado de seguridad a efectos de prevenir accidentes que pudieran afectarle. Para el personal que realice tareas a la intemperie la empresa deberá disponer de equipos de lluvia para su uso. La empresa está obligada a entregar al personal que ingrese, por lo menos un equipo dentro de 45 días.