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Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Presentismo
Ronda vigente
10ª ronda

Presentismo y puntualidad “A partir del 1ero de noviembre de 2023 los trabajadores que no registren en el mes calendario ausencias ni llegadas tarde a su lugar de trabajo generaran el derecho al cobro de una partida de $770 nominales mensuales (monto que se ajustará en las mismas oportunidades e iguales porcentajes que los salarios mínimos) y desde el 1ero de enero de 2024 será de $814 nominales mensuales. El trabajador no perderá el derecho a percibir el monto establecido por presentismo por la utilización de las licencias especiales por matrimonio, paternidad, maternidad, fallecimiento y estudio. En el caso de adopción de medidas sindicales, se deberá proceder conforme a lo establecido en la Ley 19.051, promulgada por el Poder Ejecutivo el 4 de enero de 2013, publicada en el Diario Oficial el 14 de enero de 2013.