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Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Prima por antigüedad
Ronda vigente
10ª ronda

Continuará vigente la prima por antigüedad establecida en la cláusula decimo quinta del convenio de 9 de noviembre de 2009. 

Pirma por antigüedad para trabajadores con ingreso a la empresa desde el 1ero de julio de 2021 en adelante. Los trabajadores que hubieren ingresado a la empresa el 1 ero de julio de 2021 o en fecha posterior, contados tres años de permanecía en la misma (tomando en consideración su fecha efectiva de ingreso) generará el derecho a percibir por concepto de antigüedad un 1%, transcurridos cinco años e permanecía percibirá un 2%, transcurridos siete años de permanencia percibirá un 3% y transcurridos diez días de permanencia percibirá un 4%, siempre calculado sobre el salario mínimo de su categoría laboral. 

En ningún caso se entenderá que un mismo trabajador genera el derecho a la percepción de las dos primas por antigüedad.