- LICENCIAS ESPECIALES
- Licencia por violencia basada en género
Se adicionan dos día al beneficio de licencia extraordinaria con goce de sueldo para víctimas de violencia doméstica, a que hace referencia la Ley 19.580 (la Ley otorga 24 horas a partir de la presentación de la denuncia, prorrogable por 24 horas más en caso de disponerse medida cautelares), y se extiende a todos los trabajadores sin distinción de identidad de género.
Además de dicho beneficio, al trabajador (con el mismo alcance que viene de expresarse) que sea víctima de violencia doméstica, comprobada a través de la denuncia policial o penal o constancia de Médico Forense, las empresas le otorgarán 5 días hábiles de licencia especial sin goce de sueldo, con un máximo de 2 veces en el año. El comprobante de la denuncia policial o penal o la acreditación de la intervención de Médico Forense, deberán ser presentado dentro de los 5 días siguientes al reintegro del trabajador/a. En caso de posterior levantamiento de la denuncia se perderá el derecho a usufructuar este beneficio nuevamente y la licencia otorgada se considerará como faltas injustificadas.