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Paz laboral acompañada de procedimientos de prevención y solución de conflictos
Categoría
  • CLÁUSULAS OBLIGACIONALES
  • Paz laboral acompañada de procedimientos de prevención y solución de conflictos
Ronda vigente
10ª ronda

Décimo segundo: Durante la vigencia del presente convenio, las partes acuerdan, que en caso de diferendo o conflicto a nivel de empresa, previamente a tomar cualquier medida de fuerza, se deberá abrir un ámbito bipartito entre la empresa y FUECYS, a los efectos de resolver el problema planteado. De no resolverse el diferendo o conflicto, el mismo será planteado en una nueva instancia de negociación de carácter tripartito ante el Consejo de Salarios o la DINATRA. Si no se alcanzare ningún acuerdo en esta instancia, las partes quedarán en liberta de adoptar las medidas que estimen pertinentes. 

Décimo tercero: Cláusula de paz. Durante la vigencia de este convenio y salvo los reclamos que individual o colectivamente pudieran producirse por incumplimiento del mismo, el sector trabajador se compromete a no formular planteos de naturaleza salarial alguna, ni desarrollar acciones gremiales en tal sentido, a excepción de las medidas resueltas con carácter general por la Central de Trabajadores (PIT-CNT) o de la Federación Uruguaya de Empleados del Comercio y Servicios (FUECYS). En caso de que una empresa del sector deba imponer una sanción grave a trabajadores sindicalizados, las empresas se comprometen a informar a FUECYS, previamente a la notificación efectiva al trabajador.