Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Prima por antigüedad
Ronda vigente
5ª ronda
ACUERDO ABRIL 2014:
3) Antigüedad: "Las partes acuerdan una compensación por antigüedad del 1% del salario a partir del tercer año de vinculación con la empresa, creciendo un 1% anual hasta el máximo que será de 5%.