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Paz laboral acompañada de procedimientos de prevención y solución de conflictos
Ronda de incorporación
Categoría
  • CLÁUSULAS OBLIGACIONALES
  • Paz laboral acompañada de procedimientos de prevención y solución de conflictos
Ronda vigente
1ª ronda

Cláusula de Paz: Durante la vigencia del presente acuerdo, las partes se obligan a prescindir de disponer o participar de medidas sindicales colectivas (huelgas, paros, lock-out, etc.) que puedan afectar la regularidad del trabajo o el normal desenvolvimiento de las actividades de producción relacionadas directa o indirectamente con planteos o reclamaciones que tengan como objetivo la consecución de cualesquiera reivindicaciones de naturaleza salarial, o de otros temas incluidos en la negociación de este acuerdo. Se exceptúan de lo establecido, las medidas de paralización que con carácter general convoquen la UNATRA y/o el PIT - CNT, así como aquellas que persigan el debido cumplimiento de lo convenido.

Medios de prevención y solución de conflictos colectivos:Las partes acuerdan que en caso de conflicto, los involucrados agotarán las instancias de diálogo y negociación a los efectos de encontrar soluciones al mismo y si ello no fuera posible, se deberá someter al Consejo de Salario correspondiente.