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Partidas variables - incluídos los pagos por productividad
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Partidas variables - incluídos los pagos por productividad
Ronda vigente
2ª ronda

LA PARTIDA VARIABLE (COMISIÓN): a partir del 1° de enero de 2024, será la siguiente:
Para los trabajadores que cumplan una jornada de ocho horas diarias el jornal será de $ 910,02 más una comisión. La suma de ambas equivaldrá al 26% de la recaudación bruta diaria del taxímetro.
Para los trabajadores que cumplan una jornada de trabajo de nueve horas diarias el jornal será de $ 910,02 más el valor de una hora extra $ 227,50 más una comisión. La suma de las tres (jornal, horas extra y comisión) equivaldrá al 26.5% de la recaudación bruta diaria del taxímetro.
Para los trabajadores que cumplan una jornada de trabajo de diez horas diarias el jornal será de $ 910,02 más el valor de dos horas extra $ 455,01 más una comisión. La suma de las tres (jornal, horas extra y comisión) equivaldrá al 27% de la recaudación bruta
diaria del taxímetro.
Para los trabajadores que cumplan una jornada de trabajo de once horas diarias el jornal será de $ 910,02 más el valor de tres horas extra $ 682,51 más una comisión. La suma de las tres (jornal, horas extra y comisión) equivaldrá al 27.5% de la recaudación bruta diaria del taxímetro.
Para los trabajadores que cumplan una jornada de trabajo de doce horas diarias el jornal será de $ 910,02 más el valor de cuatro horas extra $ 910,02 más una comisión. La suma de las tres (jornal, horas extra y comisión) equivaldrá al 28% de la recaudación bruta diaria del taxímetro. (Articulo 4 del Ajuste realizado en el día 19 de diciembre de 2023).