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Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Prima por antigüedad
Ronda vigente
5ª ronda

Se establece un pago por antigüedad de 1% del salario de cada trabajador, a pagarse a partir del 5to año de trabajo continuado (ya sea permanente o zafras continuas para la misma empresa) aumentando 1% cada año y con un tope de 10%. Los trabajadores que tienen más de 5 años de antigüedad en las empresas comenzarán a percibir el beneficio de la siguiente manera: 1ero de julio de 2013, 1/3 de la antigüedad correspondiente; 1ero de enero de 2014, 2/3 de la antigüedad correspondiente; y 1ero de julio de 2014, la totalidad correspondiente.

Se interrumpirá el cómputo de zafras continuas y deberá comenzar el mismo de 0 si el trabajador debidamente notificado de la convocatoria al trabajo zafral rehúsa la misma o renuncia luego de iniciada.

Las empresas continuarán dando prioridad a los trabajadores más antiguos evitando perjudicar trabajadores como consecuencia del otorgamiento de este beneficio y a sus efectos.

A los efectos del cálculo de la partida de antigüedad, quedan comprendidos los haberes generados por horas comunes, horas extras, horas nocturnas, primas por fitosanitarios y productividad, y diferencias de sueldo, quedando expresamente excluidos el aguinaldo, la licencia no gozada y el salario vacacional así como las primas por presentismo y subsidios por períodos no trabajados que pudieran pagarse en cada empresa. A modo de ejemplo, un trabajador que actualmente tiene siete años continuados de trabajo en una empresa, ha generado 3% de antigüedad, de los cuales comenzará a cobrar 1/3 a partir del 1º de julio de 2013, es decir 1%. El mismo trabajador, el 1ero de enero del 2014 habrá generado 4% de antigüedad, de la cual cobrará 2/3, es decir 2,67 %. A partir del 1ero de julio de 2014 cobrará la antigüedad completa, que en ese momento será de 4%.