- CONDICIONES DE TRABAJO
- Otras condiciones de trabajo
PASAJE DE MEDIO HORARIO A JORNADA COMPLETA. a) En caso de que por vacante, necesidad del servicio, u otro motivo, se deba contratar o cubrir un cargo de jornada completa se dará prioridad a aquellos trabajadores que se desempeñen 4 horas 30 minutos diarios, o menos de 44 horas semanales, en función de su antigüedad, y de su aptitud para desempeñar la tarea. b) Los funcionarios de las categorías Auxiliar de Servicios y Operador B que se desempeñen 4 horas 30 minutos diarios, podrán optar por un régimen de trabajo de 4 días de trabajo por 1 de descanso, con aumento de la carga horaria a 6 horas diarias, con media hora de descanso intermedio. La remuneración mensual que se abonará en este régimen como salario mensual, será el equivalente al 70% de los mínimos establecidos para cada categoría laboral.