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Otras condiciones de trabajo
Ronda vigente
10ª ronda

Movilidad funcional:

Se acuerda dentro de las áreas de Flota y Tesorería y siempre que sea para su cobertura no hubiera personal de la categoría a cubrir, el personal deberá realizar (dentro de su propia área) tareas de una categoría inferior a la suya propia. Siempre y cuando las razones sean  de fuerza mayor o inasistencia del trabajador a suplir. El trabajador sustituto continuara percibiendo su propio salario, aun cuando sea mayor al del trabajador sustituido.

Puede ser realizada por trabajadores que se encuentren realizando tareas de forma “eventual” estos tendrán prioridad frente a los que tienen una categoría superior al trabajo suplido.

En cualquier caso el trabajador sustituto deberá contar con las competencias, capacitación, formación y habilitación necesarias para el desempeño de la tarea.

Siempre que sea posible las empresas deben procurar que la “movilidad funcional” tenga carácter rotativo, la organización sindical podrá solicitar si entiende necesario el registro de la utilización de la “Movilidad funcional” a efectos de corroborar su correcta utilización.