Licencia paternal
Se agregan dos días más al beneficio dispuesto por la ley 18.345, manteniéndose el resto de las disposiciones que la ley reglamenta (artículo 14 d
Refiere a las licencias por paternidad
Se agregan dos días más al beneficio dispuesto por la ley 18.345, manteniéndose el resto de las disposiciones que la ley reglamenta (artículo 14 d
LICENCIA POR PATERNIDAD.
Se otorgarán 13 días por nacimiento de cada hijo.
Paternidad: el padre gozará de 4 días de licencia corridos incluido el día del nacimiento, con motivo del nacimiento de
Paternidad: el padre gozará de 4 días de licencia corridos incluido el día del nacimiento, con motivo del nacimiento de
Paternidad: el padre gozará de 5 días corridos de licencia, con motivo del nacimiento de sus hijos, incluido el día del nacimiento.
Paternidad: el padre gozará de 3 días corridos, con motivo del nacimiento de sus hijos, incluido el día del nacimiento
El padre gozará de una licencia extraordinaria de tres días consecutivos con motivo del nacimiento de sus hijos, inclui
LICENCIA POR PATERNIDAD.
LICENCIA POR PATERNIDAD.
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