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Sector
Desempeño de una tarea superior a su cargo
Ronda de incorporación
Categoría
  • CONDICIONES DE TRABAJO
  • Desempeño de una tarea superior a su cargo
Ronda vigente
3ª ronda

ACCESO A CATEGORÍAS SUPERIORES TEMPORALMENTE: Cuando un trabajador haya percibido diferencias por realizar tareas de una categoría superior por espacio de 600 horas en forma continua o discontinua a lo largo de un año, tendrá derecho a percibir en forma permanente a partir de ese momento el mayor jornal correspondiente, así como la categoría.
Deberá descontarse de estos períodos los días que correspondan a notorias coberturas de vacantes provocadas por razones de enfermedad, maternidad, accidentes laborales y toda otra por la que se prevea una razonable probabilidad de retorno de los titulares de las vacantes a sus puestos originales de trabajo, exceptuando de tales descuentos las coberturas por licencias normales del personal. No obstante ello si se superan por cualquier concepto a las 1000 horas de diferencias pagas en el año, se obtendrá la nueva categoría. (Clausula disposiciones generales literal c del convenio realizado el día 29 de octubre de 2008). 


 PAGOS POR DIFERENCIAS DE CATEGORÍAS: Toda vez que un trabajador realice independientemente tareas correspondientes a una categoría superior (se entiende que se ha cumplido un período de adiestramiento con supervisión en el ejercicio del nuevo cargo no mayor a los 15 jornales completos, a tales efectos), deberá percibir la diferencia de jornal correspondiente a la misma por el tiempo que la realizare y en caso de superar esa actividad el 40% de una jornada laboral, se deberá abonar tal diferencia por la jornada completa. (Clausula disposiciones generales literal b del convenio realizado el día 29 de octubre de 2008).