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Ronda
5ª ronda

Quebranto de Caja. A partir del 1/1/14 los trabajadores que desempeñen la categoría de Cajero contarán con un quebranto de caja mensual de $ 600 por 44 horas semanales de labor, en caso que la jornada sea menor, la prima será proporcional a las horas realmente trabajadas.- De dicho monto se descontarán mensualmente los faltantes que se comprueben en los cierres diarios de caja. De no existir faltantes los funcionarios recibirán en forma íntegra la partida antes mencionada.-En los casos que se verifique un faltante mayor el monto que se establece como quebranto, la diferencia quedará como saldo a descontar del quebranto de caja de los meses posteriores.- Dicho monto se ajustará anualmente por IPC a partir del 1/1/2015.