- Beneficios con contrapartida monetaria
- Prima por productividad
Partida General Variable Anual (médico y no médico). Se acuerda el pago de una partida general variable anual a abonarse conjuntamente con el salario del mes de enero de 2017 y enero de 2018, contra el cumplimiento de metas en el marco de “Compromisos de Gestión” hoy expresadas en la formación, capacitación y la mejora de la calidad asistencial. El pago de la partida será equivalente al 3,5% de la masa salarial anual (sin considerar aguinaldo y salario vacacional) percibida durante los doce meses anteriores a su cobro. Beneficio incluido en la 6ª ronda de Consejos de Salarios de octubre de 2015.
Para los Compromisos de Gestión de 2019 en adelante, el pago se realizará con el salario correspondiente al mes de diciembre del año al que refieren los Compromisos, de acuerdo al cumplimiento de los Compromisos de Gestión implementados. Asimismo, para los Compromisos de Gestión de 2019 en adelante también se acuerda la aplicación de un tope máximo para la partida general salarial variable equivalente a $54.000 nominales (pesos uruguayos cincuenta y cuatro mil) por institución, a valores de diciembre de 2018. Dicho valor se incrementará de acuerdo a los ajustes previstos en la Tabla 3 (Sector medio de los lineamientos del Poder Ejecutivo) del presente convenio. El tope antedicho no aplicará a los trabajadores médicos que sean titulares de un Cargo de Alta Dedicación (CAD), quienes cobrarán el3,5% de la masa salarial anual prevista por el laudo vigente para la respectiva especialidad, excluidas las incidencias no consideradas en la base de cálculo para esta partida (aguinaldo, salario vacacional y la partida salarial general variable correspondiente al año anterior). Beneficio incluido en la 7ª ronda de Consejos de Salarios de octubre de 2018.
(médico). Para el año 2021: una nueva “Partida General Salarial” relativa a los Compromisos de Gestión 2021 que será abonada con el salario del mes de diciembre de 2021. En el caso de los médicos se procederá para su determinación a una fórmula: porcentaje2021=385millones/MSAx3,5, a partir de la cual se aplicaran criterios en cuanto actividad, pagándose por cargo sin tope por trabajador y acorde a la disponibilidad de fondos establecida en la cláusula 9,2 literal a). La partida salarial variable dejará de existir a partir del 1º de enero de 2022. Beneficio incluido en la 8ª ronda de Consejos de Salarios de diciembre de 2020.