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Licencia por violencia basada en género
Ronda
7ª ronda

VIOLENCIA DOMÉSTICA: El trabajador/a que haya sido víctima en su persona de violencia física doméstica, podrá disponer de hasta 5 (cinco) días en el año sin goce de sueldo, para atender los requerimientos policiales y judiciales que la situación amerite. Para acceder a esta licencia el trabajador deberá presentar el parte policial de donde surja el hecho. En caso de posterior levantamiento de la denuncia se perderá el derecho a usufructuar este beneficio nuevamente. No obstante, cuando fuere certificada por el Organismo Estatal de seguridad social competente, una licencia por afectación de violencia doméstica, por al menos 10 días corridos en el año, tendrá derecho a percibir de parte de su empleador, las sumas correspondientes a los días no cubiertos por DISSE. En el caso del beneficio antes previsto, el monto a abonar por la empresa será en el mismo porcentaje que brinda el Seguro por Enfermedad para los días que cubre.

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