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Licencia por violencia basada en género
Categoría
  • LICENCIAS ESPECIALES
  • Licencia por violencia basada en género
Ronda vigente
5ª ronda

Licencia especial para víctimas de violencia doméstica. En aquellos casos en que el trabajador/a sea víctima de violencia doméstica (violencia física) comprobada a través de las denuncia policial o penal correspondiente, las empresas otorgarán 5 días hábiles de licencia especial sin goce de sueldo, con un máximo de dos veces en el año y siempre que exista intervención de Médico Forense, de la que surja la existencia de lesiones. El comprobante de la denuncia, así como la acreditación de la intervención del Médico Forense, deberán ser presentados dentro de los cinco días siguientes al reintegro del trabajador/a. En caso de posterior levantamiento de la denuncia, se perderá el derecho de usufructuar este beneficio nuevamente. Para el caso de que el Forense no acredite la existencia de lesiones, los días gozados por licencia se considerarán faltas injustificadas.

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