Otros beneficios
Categoría
Ronda
1ª ronda
Los salarios mínimos establecidos en el artículo 3° podrán integrarse por retribución fija y variable (por ejemplo comisiones), así como también por las prestaciones como por ejemplo alimentación y transporte) a que hace referencia el artículo 167 de la Ley N° 16.713. No estarán comprendidos dentro de los mismos, partidas tales como primas por antigüedad o presentismo que pudieran estar percibiéndose.