Categoría
- RÉGIMEN DE FERIADOS
- Día del trabajador del sector
Ronda vigente
2ª ronda
Día del Trabajador Gastronómico, Barista y Hotelero: el día 17 de agosto de cada año se celebrará el día del trabajador gastronómico, barista y hotelero; dicho beneficio tendrá carácter de feriado pago para todos los trabajadores del sector. Los trabajadores que por razones de funcionamiento de la empresa se les requiera trabajar ese día, cobrarán doble como cualquier feriado no laborable.