Partida de atención de salud de los hijos menores de 16 años:
Se ratifica que las empresas pagarán a su personal permanente una partida por cada hijo menor de 16 años de edad por reintegro de gastos derivados de la atención de su salud, cuyo valor a partir del 1 de setiembre del 2015 será de $1200,70 (pesos uruguayos mil doscientos con 70/100) y que será abonada sin la exigencia de presentar los recibos correspondientes por parte del trabajador. Las partes convienen que el presente beneficio no tiene carácter salarial. En cada ajuste salarial semestral se otorgará un 16,6% de la diferencia entre el beneficio de la partida en atención de salud de hijos menores de 16 años establecida en este sector de actividad hasta equipara con la partida por hijo establecida en el subgrupo 01.