Licencia por duelo
Ronda de incorporación
Categoría
Ronda vigente
1ª ronda
LICENCIAS ESPECIALES: Establécese que las empresas del sector otorgarán a sus trabajadores licencias especiales de dos días pagos, por fallecimiento de cónyuges, concubina o concubino (mediante acreditación fehaciente por parte del trabajador), padres e hijos. (Capitulo 1 del convenio realizado el día 16 de setiembre de 2005).