Pasar al contenido principal
Otras condiciones de trabajo
Ronda
1ª ronda

B.I.- PERSONAL DE PLATAFORMA

Residencia Laboral Base: Al ingreso a la empresa, el personal de plataforma, conductores, conductores cobradores y guardas, establecerán el lugar de residencia laboral base, que podrá coincidir o no con su domicilio o lugar de residencia. Fijada la residencia laboral (base) ésta sólo se podrá variar por expreso acuerdo de las partes. Al personal que por razones de trabajo se le ordene trasladarse a y/o otro punto distinto del de su residencia laboral base, deberá abonársele el tiempo necesario para el traslado como trabajo realizado.

 

Toma y Cese: En la jornada laboral de conductores, conductores cobradores y guardas, están comprendidos los 20 minutos previos a toma de servicios y 20 minutos posteriores al cese del servicio al efecto del cumplimiento de las tareas auxiliares inherentes a su función.

 

B.II PERSONAL DE ADMINISTRACION, AGENCIAS, TALLERES Y MANTENIMIENTO Y SERVICIOS

El personal de cada una de las categorías de las empresas suburbanas comprendidas en este laudo se regirán por las remuneraciones que se establezcan, las primas de antigüedad por año en la Empresa correspondientes y otras condiciones y beneficios generales que se establecen en este capítulo.