Categoría
- CLÁUSULAS OBLIGACIONALES
- Paz laboral
Ronda vigente
1ª ronda
CLÁUSULA DE PAZ: Durante la vigencia de éste convenio, las organizaciones sindicales y los trabajadores del sector, no realizarán
acciones gremiales de fuerza de ningún tipo, referidas a mejoras salariales o aumentos de cualquier naturaleza que queden alcanzados y comprendidas en el objeto del presente acuerdo e instancia de Consejo de Salarios. Se exceptúan las medidas sindicales adoptadas con carácter general por el PIT-CNT y/o STIQ. (Articulo 8 del convenio realizado el día 9 de febrero de 2006).