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Aportes hacia la equidad de género
Ronda de incorporación
Categoría
  • CONDICIONES DE TRABAJO
  • Aportes hacia la equidad de género
Ronda vigente
4ª ronda

POLÍTICAS DE GÉNERO Y EQUIDAD: La Republica ha aprobado y ratificado los convenios internacionales de trabajo N 100, 103, 111 y 156. De conformidad con tales convenios, las partes acuerdan exhortar el cumplimiento de las siguientes leyes que tienen directa relación con las relaciones laborales:

 Ley N° 16045 - igualdad de trato y oportunidades 

Ley N° 17215 - norma sobre gravidez y lactancia 

Ley N° 17242 - Prevención de cáncer genito Uterino 

Ley N° 17817- Contra el Racismo, Xenofobia y Discriminación. 

Ley N° 18561 - Prevenir y sancionar actos de acoso sexual 

Queda expresamente establecido que el sexo no es causa de ninguna diferencia en las remuneraciones, por lo que las categorías se refieren indistintamente a hombres y mujeres. Las empresas promoverán la equidad de género en toda la relacion laboral. A tales efectos se comprometen a respetar el principio de no discriminación a la hora de promover ascensos, adjudicar tareas y establecer la remuneración pertinente.