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Pagos extraordinarios
Ronda de incorporación
Categoría
  • BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
  • Pagos extraordinarios
Ronda vigente
10ª ronda

Partida fija extraordinaria. Se acuerda el pago de dos partidas fijas de $ 1.800 cada una pagaderas la primera con los haberes de abril de 2026 y la segunda pagadera con los haberes de octubre de 2026, a todos los trabajadores mensuales que se encuentren activos a la fecha del pago. Ambas partidas tienen el concepto de gratificación especial, no se consideran asignación computable, no se consideran materia gravada para los aportes a la seguridad social y son importes líquidos que debe percibir el empleado. A los efectos del pago a los trabajadores jornaleros y zafrales se considerarán, para tener derecho al cobro, los semestres de noviembre - abril y mayo -octubre y la proporción para el cálculo de $ 20 líquidos por día efectivamente trabajado en los respectivos semestres previos al pago, con un tope de $ 1.800. Se computarán como trabajados los períodos en los que el trabajador en actividad y convocado esté amparado a los subsidios por enfermedad o accidente.