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Pago extraordinario por condiciones de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
  • CONDICIONES DE TRABAJO
  • Pago extraordinario por condiciones de trabajo
Ronda vigente
6ª ronda

Infraccionabilidad de la jornada: Durante la vigencia de este acuerdo, si el trabajador fuera convocado y no se le asignara trabajo por razones de la empresa, se le abonará el monto de cuatro horas del salario mínimo establecido para su categoría con independencia de que sean efectivamente trabajadas. Si trabajara efectivamente al menos dos horas y el resto de la jornada no se le asignara trabajo, corresponderá el pago del jornal correspondiente a su categoría.

En este caso la empresa podrá disponer mantener al trabajador "a la espera" durante ese tiempo restante o permitirle retirarse. Este beneficio regirá a partir de la firma del presente acuerdo y durante su vigencia. Los montos antedichos serán parte integrante del monto asegurado para el personal jornalero