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Categoría
  • LICENCIAS ESPECIALES
  • Licencia por estudio
Ronda vigente
2ª ronda

Estudio: se concederá el día del examen, con un límite de 3 días en el año, únicamente para los cursos correspondientes a los estudios secundarios y terciarios, incluyendo U. T. U.. A tales efectos, el trabajador deberá comunicar a la empresa la fecha del examen al menos 15 días hábiles antes del mismo, y presentar el correspondiente comprobante de la institución de enseñanza que acredite haber rendido el examen. A fin de poder hacer uso del presente beneficio en el correr del año civil siguiente, se deberá acreditar fehacientemente haber aprobado al menos dos exámenes en el año civil anterior.