Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Nocturnidad
Ronda vigente
2ª ronda
TRABAJO NOCTURNO: El trabajo nocturno, es decir el tonelaje trabajado en el horario comprendido entre las 23.00 y las 7.00 hrs. lleva un incremento del 20% sobre el valor de la tonelada y/o el valor de la hora. (Articulo 5 del convenio realizado el día 23 de agosto de 2006).