Pasar al contenido principal
Pago de jornada partida
Ronda de incorporación
Categoría
  • MODALIDAD DE PAGO - REGÍMENES MÁS BENEFICIOSOS DE CÓMPUTO
  • Pago de jornada partida
Ronda vigente
9º Ronda
INFRACCIONABILIDAD DEL JORNAL: Una vez que el trabajador sea convocado y no se le asignará trabajo por razones de la empresa, se le abonara el monto de cuatro horas del salario mínimo establecido para la categoría con independencia de que sean efectivamente trabajadas y se le reintegrará el monto de dos boletas de transporte capitalino, contra entrega de los mismos, en los casos en que la empresa no le proporcione el transporte a su costo. Si trabajara efectivamente al menos dos horas y el resta de la jornada no se le asignará trabajo corresponderá el pago de las ocho horas correspondientes a su categoría. En este caso la empresa podrá mantener al trabajador “a espera” durante ese tiempo o permitirle retirarse. Este beneficio regirá para todos los trabajadores a partir de la firma del presente acuerdo, independientemente que estuvieren contratados por hora o jornal.