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Pago extraordinario por condiciones de trabajo
Ronda de incorporación
Categoría
  • CONDICIONES DE TRABAJO
  • Pago extraordinario por condiciones de trabajo
Ronda vigente
7ª ronda

Compensación por brigada de emergencia. El porcentaje de compensación para aquellos trabajadores que pertenezcan a brigadas de emergencia, conforme lo establecido en el artículo 10 del convenio de 19 de noviembre de 2008, homologado por Decreto 714/08 de 22 de diciembre de 2008, y ratificado por el artículo 14 del acuerdo de Consejo de Salarios de 29 de octubre de 2015, pasará a ser a partir del lero de julio de 2018 del 12% por el período en que participen de la misma, siendo base de cálculo del referido porcentaje el mínimo salarial correspondiente a la categoría Auxiliar (1^).