Pagos extraordinarios
Ronda de incorporación
Categoría
- BENEFICIOS CON CONTRAPARTIDA MONETARIA
- Pagos extraordinarios
Ronda vigente
3ª ronda
Compensación por brigada de emergencia. Aquellos trabajadores que pertenezcan a brigadas de emergencia (habilitados por los exámenes psicofísicos correspondientes y capacitados y entrenados como tales) recibirán por el período en que participen de la misma una compensación equivalente al 10% del mínimo salarial correspondiente a la categoría de Auxiliar (I a). Se entiende por brigada de emergencia el equipo que da la primera respuesta en situaciones tales como alarmas de incendio u otros incidentes y mientras llega el personal externo especializado o idóneo (por ejemplo bomberos)